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Concepto 232191 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima de navidad es catalogada como una prestación social, se considera procedente que la entidad reconozca y pague la citada prima al empleado conforme al último salario recibido. Respecto al reconocimiento y pago de las primas de servicios y bonificación por servicios, se insiste que el trabajador que se encuentra en incapacidad superior a 180 días no tendrá derecho al reconocimiento y pago de estos elementos salariales por cuanto no se ha prestado el servicio. |