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Concepto 227551 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Los empleados públicos pueden presentar pliego de solicitudes en relación con las condiciones del empleo para lo cual es necesario tener en cuenta que en material salarial podrá haber negociación y concertación, consultando las posibilidades fiscales y presupuestales. El Gobierno Nacional es el único constitucionalmente facultado para establecer el régimen salarial y prestacional y, por lo tanto, no es procedente que se reconozcan intereses a las cesantías de los funcionarios públicos pertenecientes al régimen retroactivo de cesantías a través de un acuerdo sindical." |