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Concepto 224861 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una persona que fue beneficiaria de una indemnización sustitutiva de la pensión, no se encuentra inhabilitada para desempeñar un empleo público, toda vez que la prohibición para reintegrarse al servicio de los pensionados, se circunscribe a quien haya recibido pensión de vejez, por lo tanto la persona podrá seguir vinculada a la entidad en el empleo que venía desempeñando, sin cotizar a pensión, siempre y cuando no haya alcanzado la edad de retiro forzoso, esto es los 70 años.