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Concepto 222871 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es viable que, mediante una empresa (como socio) o de forma directa, un servidor público asesore o asista a personas sobre temas relacionados con las funciones de su cargo. Tampoco podrá utilizar los equipos de cómputo para actividades diferentes a las de su empleo, ni destinar tiempo dentro de su jornada laboral para realizar labores ajenas a las funciones de su cargo. Cualquier transgresión a estar prohibiciones y/o deberes, podrá ser sancionada disciplinariamente, sin perjuicio de otras investigaciones de otra índole que se puedan adelantar, como las penales y/o fiscales. |