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Concepto 218131 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien es cierto no existe inhabilidad para que un contratista se inscriba en un concurso de méritos para acceder a un empleo público en el que se ejercerían funciones en asuntos que conoció como contratista, se colige que antes de tomar posesión como empleado público, deberá ceder o de no ser posible, renunciar a la ejecución de los contratos estatales que haya suscrito, adicionalmente, y en caso que en el ejercicio de su empleo advierta que puede incurrir en conflicto de interés, deberá manifestarlo a la administración.