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Concepto 156711 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Quien desempeña un cargo en una entidad con un nombramiento provisional, no podrá suscribir un contrato con otra por cuanto la Constitución Política prohíbe de manera explícita la posibilidad de que un servidor público suscriba un contrato con una entidad pública, de cualquier orden. De hacerlo podrá incurrir en falta disciplinaria. |