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Concepto 151871 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "El retiro del servicio del empleado de libre nombramiento cobijado por fuero sindical al cual se refiere, será procedente, previo la obtención del permiso o autorización del Juez Laboral. Los empleados de libre nombramiento y remoción que ejerzan jurisdicción, autoridad civil, política o que desempeñen cargos de dirección o administración dentro de la entidad no gozarán de fuero sindical y por lo tanto, resultará viable la declaratoria de insubsistencia." |