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Concepto 147591 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es procedente acatar la orden judicial por lo cual la Administración debe proceder al reintegro del empleado en el mismo empleo o en otro equivalente, o de superior categoría que se encuentre vacante, en las mismas condiciones y con los mismos derechos y condiciones laborales en que se encontraba al momento en que fue retirado del servicio, atendiendo los términos de la respectiva providencia judicial, y si ello no ser posible la Administración podrá crear el cargo |