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Concepto 141461 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La entidad debía realizar convocatoria para realizar la elección de los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y los suplentes respectivos, con una antelación no inferior a treinta (30) días hábiles al vencimiento del respectivo periodo. Así mismo, en virtud del artículo 2.2.14.2.13 del Decreto 1083 de 2015, no será procedente la reelección de los representantes de los empleados y de sus suplentes para el período siguiente. |