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Concepto 131461 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es propio de la personería ejercer vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas municipales; ejercer preferentemente la función disciplinaria respecto de los servidores públicos municipales; adelantar las investigaciones correspondientes acogiéndose a los procedimientos establecidos para tal fin por la Procuraduría General de la Nación, bajo la supervigilancia de los procuradores provinciales a los cuales deberán informar de las Investigaciones, o en su defecto podrá acudir a la Procuraduría General de la Nación. |