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Concepto 121441 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las entidades destinatarias del artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, para la provisión transitoria de los empleos de su planta de personal mediante encargo o nombramiento provisional, deberán aplicar los lineamientos trazados por la Comisión Nacional del Servicio Civil en conjunto con este Departamento Administrativo, en la Circular anteriormente indicada, transcrita en su integridad, en la que se señala el procedimiento para la provisión transitoria de los empleos de carrera, según el cual en caso de no encontrar un servidor de carrera que cumpla con los requisitos para ser encargado, procederá el nombramiento provisional. |