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Concepto 116501 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El comité de convivencia es una instancia al interior de la entidad que está llamada a actuar como tercero neutral en la construcción de un acuerdo por parte de las partes implicadas, para lograr armonía entre las personas que conviven en el ambiente laboral. Ordinariamente, las reuniones del comité se realizarán cada tres meses donde se dará trámite a las quejas presentadas. Por lo cual, el comité de su entidad se encuentra dentro del tiempo establecido por ley para dar trámite a su queja. |