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Concepto 101791 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las Juntas Directivas de las Empresa Sociales del Estado no son las competentes para fijar el incremento salarial de sus empleados. Este incremento salarial es competencia de las Asambleas Departamentales o Concejos Municipales, según corresponda, el cual debe estar dentro de los límites máximos establecidos por el Gobierno Nacional. |