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Concepto 100871 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un empleado de una Empresa Social del Estado puede solicitar la indemnización de uno de los periodos de vacaciones acumulados, sin embargo, corresponde al Director de la entidad, si lo estima necesario y para evitar perjuicios en el servicio público autorizar la compensación en dinero de las vacaciones de un periodo, por lo tanto, no opera la sola solicitud si no que se debe evaluar las necesidades del servicio y que no se cause perjuicio a la administración.