Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 095081 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública 1) La experiencia profesional se adquiere en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina exigida para el desempeño del empleo y se contabiliza una vez se terminan y aprueban todas las materias del pensum académico de la profesión respectiva; en consecuencia, la experiencia profesional podrá computarse como tal, cuando la misma sea adquirida en el ejercicio de funciones propias de un empleo del nivel profesional, o sea adquirida en ejercicio de la profesión, asesorando entidades públicas o privadas. |