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Concepto 084801 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La competencia para autorizar la compensación de las vacaciones del Personero Municipal, se encuentra en cabeza de la mesa directiva del Concejo de conformidad con el artículo 172 de la Ley 136 de 1994, por lo tanto, será esa mesa la encargada de determinar el procedimiento y los trámites necesarios para reconocer y pagar la indemnización de vacaciones al personero municipal. |