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Concepto 072511 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para la liquidación de las cesantías en el régimen anualizado se tendrá en cuenta el último sueldo o jornal devengado, a menos que el salario haya variado en los últimos tres meses, caso en el cual se deberá promediar lo devengado en el último año de servicio. Para la liquidación de los factores de salario base de liquidación de las cesantías, cuando estos se perciben mensualmente, se toma el valor completo de estos; Cuando los factores se perciben anuales, como es el caso de la prima de navidad, la prima de servicios , se debe tomar una doceava, es decir que se toma el factor, se divide en 12 y el resultado es el que se tomará en cuenta para conformar la base del salario de liquidación.