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Concepto 044941 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "No es procedente que una entidad reconozca un derecho antes de que este se origine, razón por la cual, no es posible el reconocimiento y pago de las cesantías antes que se causen, ya que las mismas deberán ser reconocidas una vez finalice el 31 de diciembre y consignadas a más tardar el 14 de febrero de la siguiente anualidad o antes en el evento en que el empleado se retire del servicio." |