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Concepto 016421 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Ley 734 de 2002-Art 34- son deberes de todo servidor público: “21. Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados.22. Responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización.” |