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Concepto 006291 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado encargado, deberá tener en cuenta que, al momento de disfrutar de sus vacaciones, la entidad podrá realizar otro encargo, con el fin de cubrir la vacancia temporal, y, en consecuencia, una vez termine el disfrute de sus vacaciones el empleado no podrá volver al cargo en el cual fue encargado, deberá retornar al cargo del cual es titular, en la entidad. |