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Sentencia 429 de 2020 - Corte Constitucional

Corte Constitucional declara EXEQUIBLE el artículo 152 de la Ley 906 de 2004, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”. Indicó que los medios de comunicación y el público en general no son sujetos procesales dentro del juicio penal y, por tanto, no son titulares de las garantías procesales previstas por el Legislador. Sin embargo, el ordenamiento jurídico dispone de otros instrumentos para asegurar la protección de los intereses de los medios de comunicación y del público.