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Concepto 382021 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El aumento salarial que regirá para todos los empleados será el que establezca el Alcalde Municipal mediante decreto, con sujeción a las escalas salariales señaladas por el Concejo Municipal en el respectivo Acuerdo Municipal, atendiendo los límites máximos salariales decretados por el Gobierno nacional en el decreto expedido para la respectiva vigencia fiscal (Decreto 314 de 2020). No obstante, la norma no estipula un plazo para que las entidades realicen el respectivo pago por concepto de retroactivo. |