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Concepto 366821 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública "El empleado que se encuentra en período de prueba, a menos que incurra en falta disciplinaria o causa legal que ocasione su retiro, tiene derecho a permanecer en el cargo por el término de éste, sin que sea procedente el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la convocatoria que sirvió de base para su nombramiento o ascenso, y no será procedente que se le asignen funciones distintas a las funciones específicas del cargo para el cual concursó, ni que sea objeto de reubicación o traslado, durante el período de prueba." |