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Concepto 354791 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública A 30 de junio de cada año, el empleado público que no haya trabajado el año completo, tendrá derecho al reconocimiento y pago de la prima de servicios en forma proporcional independiente del término laborado, pues la norma antes transcrita, eliminó el término de los seis (6) meses que anteriormente se indicaba, para obtener el beneficio. |