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Concepto 34941 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La esposa del hermano del Director Regional, siempre y cuando cumpla con los requisitos para desempeñar el empleo, podrá ser nombrada en un cargo público en la respectiva entidad, toda vez que entre ellos no existe parentesco de afinidad en virtud del artículo 47 del código civil, pues dicha afinidad es en relación con los familiares de la esposa del Director y no con los familiares o con la compañera permanente de su hermano. |