Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 333371 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El jefe de la oficina de control interno de una gobernación de un departamento no puede ser encargado como alcalde de un municipio del mismo ente departamental, toda vez que en caso de falta temporal el alcalde debe encargar de sus funciones a uno de sus secretarios o quien haga sus veces y en caso de que no pudiere hacerlo, el Secretario de Gobierno o único del lugar asumirá las funciones mientras el titular se reintegra o encarga a uno de sus secretarios. A los jefes de control interno no les está permitido participar en los procedimientos administrativos de la entidad a través de autorizaciones o refrendaciones. |