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Concepto 330391 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un empleo se encuentra en vacancia definitiva cuando se presentan las causales señaladas en el artículo 2.2.5.2.1 del Decreto 1083 de 2015; es decir, la vacancia definitiva en sentido material implica la separación o retiro del servicio del empleado que lo venía desempeñando. según el criterio unificado de la Comisión Nacional del Servicio Civil según el cual las listas de elegibles conformadas por la CNSC y aquellas que sean expedidas en el marco de los procesos de selección aprobados con anterioridad al 27 de junio de 2019, deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos que integraron Ia Oferta Pública de Empleos de Carrera -OPEC- de Ia respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad y que correspondan a los mismos empleos. Resulta viable que las listas de elegibles sean utilizadas para proveer empleos que inicialmente no se ofertaron.