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Concepto 305831 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública De conformidad con los artículos 3 y 4 del Decreto 1978 de 1989, del artículo 1 del Decreto 190 de 2003 y del artículo 42 del Decreto 1042 de 1978, se infiere que la dotación es una prestación social consistente en la entrega gratuita y material de un vestido y un calzado a cargo del empleador y para uso del servidor en las labores propias del empleo que ejerce, siendo pertinente anotar que para acceder al derecho a la dotación, el servidor debe recibir una asignación básica mensual inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, y haber laborado más de tres meses al servicio de la entidad antes de la fecha de cada suministro, sin que para el efecto se deba tener en cuenta lo percibido por auxilio de alimentación. |