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Concepto 305631 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Con el Decreto 491 de 2020, lo que se estipuló fue una nueva modalidad de trabajo (en casa), sin que para el efecto se haya modificado las normas sobre administración de personal. Las entidades del sector público y privado procurarán que sus empleados o contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo, desarrollen la funciones y obligaciones bajo las modalidades de teletrabajo, trabajo en casa, ahora bien, si las labores que desarrollan los empleados no son teletrabajables, la administración podrá asignarles nuevas funciones de acuerdo a la naturaleza del empleo, por tanto, no es viable suspender el pago del salario y las prestaciones sociales de los empleados."