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Concepto 297131 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los trabajadores oficiales se vinculan mediante un contrato de trabajo que regula el régimen del servicio que va a prestar, permitiendo la posibilidad de discutir las condiciones aplicables, las cuales están regidas por normas especiales que consagran un mínimo de derechos laborales. El régimen laboral de los trabajadores oficiales se ciñe a lo establecido en el contrato individual de trabajo, la convención colectiva y el reglamento interno de trabajo. De igual forma es posible acudir a la Ley 6 de 1945, al Decreto 2127 de 1945 y demás normas que los modifican o adicionan. La Ley 6 de 1945 señala que el periodo de prueba no podrá exceder los dos meses cuando trate de trabajadores calificados, donde no se especifica el tipo de vinculación. Es necesario determinar en el contrato de trabajo las estipulaciones allí contenidas ya que cada caso es diferente y las condiciones son distintas, para así determinar el término de duración del periodo de prueba con total certeza.