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Concepto 290361 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos tienen una vinculación legal y reglamentaria con el Estado. Por otra parte, los contratistas tienen una relación contractual con el Estado. En consecuencia, la palabra colaborador no se usa para denominar indistintamente a los servidores y a los contratistas de prestación de servicios, pues desde el punto de vista de la relación laboral son totalmente diferentes. |