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Concepto 281431 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Teniendo en cuenta que para efectos de nómina la prima de navidad se paga a corte 30 de noviembre de cada año, esta deberá ser pagada dentro de los primeros quince días del mes de diciembre. Se tendrá en cuenta para su liquidación lo señalado en el articulo 33 de Decreto 1045 de 1978. |