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Concepto 273741 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, necesidades de su organización y sus planes y programas. Realizada esta distribución dentro del organismo o entidad correspondiente, se debe crear un grupo interno de trabajo para que se atienda a la necesidad del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas. El grupo interno de trabajo debe ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación (acto administrativo), y éstas funciones deben estar relacionadas al cargo que desempeñan en el respectivo organismo. Una vez creados los grupos internos de trabajo se determinan las tareas que deben cumplir y las responsabilidades y las normas que sean necesarias para su funcionamiento.