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Concepto 264811 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El contrato por tiempo determinado, será finalizado cuando se cumpla el plazo pactado por las partes y se prorrogará únicamente, si el trabajador continua prestando sus servicios con el consentimiento expreso o tácito del empleador, después de la expiración del plazo inicialmente acordado; no obstante, el empleador podrá comunicar al trabajador, de la terminación del contrato, bien sea por la expiración del plazo contratado, o por las causales antes descritas para dar el preaviso |