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Concepto 222781 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado provisional tendrá derecho a acceder a la capacitación que haga parte del plan anual de capacitación formulado por la respectiva entidad, con los recursos disponibles para la respectiva vigencia fiscal; en consecuencia, si el diplomado que va a realizar sobre normas internacionales de contabilidad y reporte de información financiera, no está incluido en el plan anual de capacitación de la entidad, no será procedente que la entidad le otorgue un auxilio económico para cubrir el valor de dicho diplomado, ni parte del mismo, por cuanto no guarda la debida coherencia con su proceso de planeación institucional. |