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Concepto 215871 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Existe prohibición para que el servidor público, como es el caso del personero municipal, participe en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en las controversias políticas, hasta tanto el Congreso de la República expida la Ley Estatutaria que determine los parámetros y condiciones para el efecto. |