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Sentencia 2018-00605 de 2020 - Consejo de Estado La Comisión Nacional del Servicio Civil debe cumplir las funciones constitucional y legalmente asignadas relativas a la administración y vigilancia del sistema específico de carrera, por cuanto los regímenes específicos hacen parte del sistema general de carrera, por lo que la Comisión Nacional del Servicio Civil debe comprenderlos, dado su alto grado de conexidad con la carrera general que en todos los casos tiene que ser administrada y vigilada por la citada Comisión, cuya actuación garantiza un manejo independiente de la carrera. En tal sentido, la Comisión Nacional del Servicio Civil tiene a cargo las funciones de administrar y vigilar los sistemas específicos de carrera administrativa creados por mandato legal, entre ellos el que rige al personal de las Superintendencias. |