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Sentencia 201 de 2020 - Corte Constitucional

Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 487 del 27 de marzo de 2020, “[p]or el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Justicia y del Derecho en materia de extradición, con ocasión del ‘Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica’ declarada en todo el territorio nacional, derivada de la Pandemia COVID-19”, La Corte argumenta que su contenido resulta contrario a la Constitución Política, porque suspende normas procesales de contenido sustancial que fueron previstas por el legislador para garantizarle a las personas solicitadas en extradición sus derechos al debido proceso y a la libertad. Sin desconocer la importancia de los compromisos internacionales de Colombia en materia de cooperación judicial, la lucha contra el crimen, pero además la protección a la salud de los funcionarios públicos y en general las medidas para salvaguardar estos intereses, no se puede generar un escenario de desprotección y vulneración de derechos fundamentales para las personas inmersas en un trámite de extradición, toda vez que en materia penal, dicha restricción conlleva un alto costo de la eficacia de sus mecanismos de defensa y de las causales legales previstas para el restablecimiento de la libertad. Por lo anterior, bajo los parámetros legales y jurisprudenciales que componen el control de constitucionalidad de decretos legislativos expedidos al amparo del estado de excepción, la Corte concluyó que el decreto en cuestión no satisface los juicios de ausencia de arbitrariedad, no contradicción específica, y proporcionalidad, razón por la cual debe ser declarado inexequible.