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Concepto 199751 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El docente de una Institución Educativa, NO puede vincularse como docente ocasional en la territorial de la ESAP; teniendo en cuenta que la excepción para desempeñar simultáneamente más de un empleo público, o recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado está circunscrita exclusivamente a los honorarios percibidos por concepto de hora-cátedra. |