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Concepto 13041 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima de antigüedad a la que se hace alusión, no será procedente que se continúe reconociendo y pagando por la autoridad territorial. En este caso y para evitar el pago de lo no debido, la administración debe aplicar la excepción de inconstitucionalidad respecto de los actos expedidos por las autoridades territoriales que crearon dicha prima. |