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Concepto 114351 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones por cada año de servicio, que deben concederse por quien corresponde, oficiosamente o a petición del interesado, dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho a disfrutarlas. |