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Concepto 107851 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si el funcionario que se encontraba en régimen retroactivo a la expedición de la Ley 344 de 1996 voluntariamente, se quiso acoger al nuevo régimen de liquidación anual de cesantías y se afilia a un Fondos Privados con tal fin, pierde el régimen de liquidación de cesantías retroactivo y no podrá retornar. |