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Concepto 102691 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El particular que suscribe un contrato de prestación de servicios regulado por la Ley 80 de 1993 o producto de la autonomía de la voluntad, no está subsumido en el contexto de la función pública, ni es, por tanto, empleado público ya que su vinculación no fue legal y reglamentaria. |