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Concepto 078621 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando lo que procede no es la asignación de funciones, sino la modificación del manual de funciones y de competencias laborales, por necesidades del servicio, que faculta al jefe del organismo o entidad para la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico mediante resolución, el titular del respectivo empleo está en el deber y la responsabilidad de desempeñar las funciones inherentes al mismo, incluyendo la de supervisión de contratos. |