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Concepto 077861 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública la experiencia adquirida a través de una vinculación en una institución educativa, mediante resolución, para realizar investigación, constituye experiencia profesional, siempre y cuando se trate del ejercicio de actividades propias de la profesión o disciplina académica exigida para dicha investigación, y ésta se haya desarrollado con posterioridad, a la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva formación profesional; excepto, que se trate de una disciplina relacionada con el Sistema de Seguridad Social en salud, caso en el cual la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional. |