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Concepto 068261 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es viable contratar funciones públicas que deben ser desempeñadas de manera permanente mediante contrato de prestacion de servicios, únicamente se autoriza la contratación el servicio de la organización del sistema de control interno y el ejercicio de las auditorias internas, con empresas privadas, caso en el cual, si el representante legal opta por la contratación, deberá sustentar en un estudio técnico la causal que lo lleva a tomar está decisión de conformidad con el artículo 7 de la Ley 87 de 1993. |