Filtros de búsqueda

Menos
Más
Menos
Más
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Sentencia 055 de 2020 - Corte Constitucional

Habiéndose suscrito un contrato de obra con el pleno ejercicio de la autonomía, a las partes les corresponderá cumplir con las obligaciones adquiridas hasta tanto subsista la labor que le fue encomendada al empleado, razón por la cual, una vez finalizado dicho contrato y la persona cuente con los requisitos para pensionarse, no obtendrán la calidad de prepensionados pues la naturaleza del vínculo y el contexto de la terminación contractual no da para conceder con una estabilidad labral reforzada.