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Concepto Sala de Consulta C.E. 2423 de 2019 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

La carrera administrativa de los etnoeducadores que prestan sus servicios en las comunidades negras, afro descendientes, palenqueras y raizales, no es de aquellas que conforme a la Constitución tienen carácter especial. Por lo tanto, la carrera en cuestión tiene origen legal. En relación a la administración y vigilancia de la carrera administrativa que se establezca para los etnoeducadores corresponderá a la Comisión Nacional del Servicio Civil cuya competencia es exclusiva para conocer del tema.

Concepto Sala de Consulta C.E. 2434 de 2019 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

Los funcionarios a quienes cobija la ley 1821 de 2016 puedes permanecer en el servicio hasta la edad de setenta (70) años. En el evento que se hubieren retirado mediante acto administrativo ejecutoriado, podrían volver a ser vinculados, siempre con sujeción a la edad de retiro forzoso establecido en la ley. En el caso de los servidores que no son beneficiarios de la ley 1821 de 2016, la administración, previamente a disponer su retiro por la causal de arribo a la edad de retiro (65 años), debe solicitar y obtener el reconocimiento pensional, y la respectiva inclusión en nomina. Lo último aplica a los servidores renuentes a solicitar el reconocimiento pensional. En relación a los servidores que gozan de fuero sindical, la administración esta en la obligación de acudir ante los jueces en solicitud del levantamiento del fuero sindical correspondiente, con base en la causal de edad de retiro forzoso.

Concepto Sala de Consulta C.E. 2422 de 2019 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

El descanso del trabajador corresponde a un cese en el trabajo, por lo que en manera alguna puede ser considerado como tiempo de servicio para completar la jornada laboral, sin perjuicio de que su remuneración se entienda incluida en el valor del salario mensual. Por lo tanto, para tener derecho al descanso compensatorio, se requiere haber laborado en dominical, es decir, se trata de compensar el trabajo previamente realizado.

Concepto Sala de Consulta C.E. 2405 de 2019 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

La edad de retiro forzoso establecida en la Ley 1821 de 2016, no es aplicable a los representantes en las juntas o consejos directivos de las entidades descentralizadas del Presidente de la República que sean particulares por el hecho de no ejercer funciones públicas de manera permanente, no deben ser retirados cuando cumplan los 70 años de edad.