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Concepto 7231 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Quien haya sido declarado responsable fiscalmente será inhábil para el ejercicio de cargos públicos y para contratar con el Estado durante los cinco (5) años siguientes a la ejecutoria del fallo correspondiente. No obstante, esta inhabilidad cesará cuando la Contraloría competente declare haber recibido el pago de la multa o, si este no fuere procedente, cuando la Contraloría General de la República excluya al responsable del boletín de responsables fiscales. |