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Concepto 66361 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública La experiencia se acreditará mediante la presentación de constancias escritas expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas, y las respetivas certificaciones o declaraciones deben contener como mínimo, el nombre o razón social de la entidad o empresa, tiempo de servicios y relación de funciones desempeñadas: y cuando el interesado haga ejercicio de su profesión o actividad en forma independiente, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo. |